Desde Sudamérica (agradecemos al compañero que nos ha hecho este envío junto con la carta correspondiente) nos llega esta gran novedad: El libro de los ancianos ha sido actualizado una vez más. Estas palabras de la carta de arriba son interesantes:
In due course, it will also be made available in selected sign languages and in screen reader and notetaker format for use by blind or visually impaired brothers.
Belisario, otro de nuestros compañeros de armas, comenta al respecto:
¿También nombran ancianos sordomudos y ciegos? ¡Cuánta carga de trabajo extra deben hacer estos hermanos, sin saber que la Jw.org ahora les está pasando toda responsabilidad de abusos cometidos!
¡No nos extraña este update! Si hasta la Biblia ha sido "actualizada"... ¡cómo no lo iba a ser también el manual para los ancianos! Y dicha actualización se hace con tecnología de punta: Ahora también estará en formato digital. ¿Qué tal? Si las leyes de César comienzan a complicar a la Organización en sus instrucciones de régimen interno... ¡no hay problema! ¡Se corrigen las directrices de un plumazo! ... y con retroactivo. ¡Sí, señor!
Si se fijan en la fecha de publicación que aparece en el libro notarán que dice "2012 Printing", "Impreso en 2012"... Pero no ha sido puesto a disposición del público sino hasta Abril de 2015... ¿Por qué publicar el libro con una fecha anterior? Pues, aparte de ser una flagrante mentira, la intención es obvia: Pretender que las instrucciones emanadas por la Organización recién ahora, han estado rigiendo desde 3 años antes, en especial lo que tiene que ver con el nombramiento de ancianos y siervos ministeriales: La responsabilidad de sus nombramientos, que otrora era de la Sucursal, evidentemente a partir de los casos de abusos sexuales por parte de ancianos, y la subsiguiente determinación de los Tribunales de la responsabilidad legal de la Organización por dichos nombramientos, ha sido transferida recientemente a los Superintendentes de Circuito y los cuerpos de ancianos. Sin embargo, con esta versión digital (que anticipa que harán muchas más de este tipo según vayan requiriendo) aparentan que estas medidas se tomaron antes de lo que en realidad tardaron en promulgarlas... Aquí pueden ver algunas capturas de las enmiendas oficiales de la versión 2012 del manual:
Como nota curiosa, aprovecharon también para eludir la responsabilidad de la Sucursal al dirimir apelaciones, sacudiéndose de cualquier eventual culpabilidad al readmitir pedófilos en la congregación, de modo que esta recaiga en el comité de apelación y el comité judicial original:
Además, están las notas marginales de rigor señalando la carta que actualiza otros asuntos menores, o relacionados con abusos de menores, pornografía, pornéia, segundas nupcias y formas de mantener "confidenciales" los registros de los casos judiciales. ¿No están claras las motivaciones tras estos cambios? Todo apunta a proteger a las sucursales judicialmente y eximirlas de responsabilidad. ¿Quién pagará los costos? Los Superintendentes de Circuito y los ancianos que hagan nombramientos o decidan aceptar la apelación de un pedófilo. ¿Han dejado las sucursales de tener el espíritu santo para dirimir estas cosas? ¿Podrán tener mejor juicio que las sucursales los ancianos y Superintendentes de Circuito al tratar con pedófilos? Ancianos y Superintendentes que nos leen... ¿están dispuestos a pagar los platos rotos?