"Dilexi iustitiam et odivi iniquitatem propterea morior in exilio"
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lunes, 28 de julio de 2014

Carta 26/6/14: Notificación de expulsión o desasociación, S-77






Aquí tenemos la versión anterior del formulario S-77 de Julio de 2009. Como pueden ver las instrucciones eran mucho más largas, y su llenado requería más detalles:





Al comparar la versión de 2009 con la de 2014, notamos que se requieren menos datos personales del expulsado. Aunque ahora se pide su fecha de bautismo, ya no se requiere detallar si es anciano, siervo ministerial o precursor... Como dice la carta: "Ya no será necesario incluir un resumen del historial de la persona en lo que a comités judiciales se refiere", (lo que deroga también la anterior práctica de notificar de expulsiones o desasociaciones anteriores del imputado). ¿Por qué las sucursales no quieren que quede registro de la expulsión de un siervo nombrado? Si este llegara a ser expulsado por abuso de menores, la sucursal se lava las manos. De esta manera, no tendrá conocimiento formal de la expulsión de un anciano, siervo ministerial o precursor... lo que la eximiría de responsabilidad si llegara a ser nombrado de nuevo (de acuerdo a los nuevos cambios, ya no por la sucursal sino por el superintendente de circuito) en una eventual readmisión del expulsado u cometiese sus fechorías, como ocurrió con el anciano pederasta Gonzalo Campos.

En el apartado Expulsión, hay una interesante añadidura: Formalmente, se les recuerda a los ancianos que aparte de la confesión o de las pruebas del pecado, también el testimonio de 2 testigos podría validar la expulsión. Pero lamentablemente hay una tremenda ambigüedad: "del mismo incidente o del mismo tipo de pecado". Sólo con esta frase, muchos ancianos concluirán que para expulsar a un abusador de menores se requieren "dos testigos del mismo incidente", resquicio que ha permitido seguir impunes "como juicio de Jehová" a reconocidos pedófilos acusados por diversos incidentes. 

Respecto a la Desasociación, notamos otro cambio consagrado en este formulario. Antiguamente se hacía hincapié en que existiera una carta de desasociación firmada, para validarla. Ahora, "no abstenerse de sangre" y "violar la neutralidad cristiana", son pecados que ya no se establecen mediante un comité, sino que automáticamente se consideran validantes de una desasociación. ¿Por qué este cambio? La carta del 26 de Agosto de 1998 enviada por la Sucursal de España arroja luz al respecto:

Quien se transfunde "necesita ayuda y fortalecimiento, no expulsión". Frase para el bronce.  

Esta carta reconoce que países como Bulgaria impusieron como condición de que la Organización fuera legalizada en el país, no sancionar con expulsión a los hermanos que "libre y personalmente" aceptaran una transfusión de sangre. Negando un cambio de postura, esta carta señala que el  que un hermano se transfundiera sangre "no supondría que automáticamente se le expulsaría". Sin embargo, dos años después, ahora la Central Mundial da un giro en el asunto en la carta del 16 de Junio de 2000:


Aunque esta carta contradice a la de 1998, sostienen que su postura respecto a las transfusiones "no ha cambiado" como publicó el Times de Londres, del 14/6/00. No obstante, el párrafo antepenúltimo sostiene:

Si un miembro en la fe, bautizado, voluntariamente sin arrepentimiento acepta una transfusión de sangre, está indicando por sus propias acciones que no desea ser más testigo de Jehová. El individuo no será visto más como miembro de la congregación cristiana porque ya no acepta ni obedece la prohibición bíblica de abstenerse de sangre. Sin embargo, si después este individuo se arrepiente, puede ser aceptado de regreso como testigo de Jehová.

La evidencia demuestra que incluir las transfusiones de sangre como causal "automática" de desasociación no se debió al espíritu santo o a un mejor entendimiento de la Biblia, sino a la legislación de algunos países, lo que finalmente ha llevado a universalizar estos criterios a sucursales que nunca han tenido problemas legales por la cuestión de la sangre, en un proceso que ha demorado más de una década... Esto dice mucho de la supuesta "unidad de pensamiento" que existe a nivel internacional... Así se pasó de decir que el transfundirse sangre no llevaba a una expulsión automática, a catalogar esta acción como causal de desasociación automática...

Por otro lado, llama la atención que ya no se pida en la notificación de expulsión un resumen detallado de lo que sucedió, salvo en caso de apelación en carta aparte. Como ya dijimos, muchas funciones las sucursales las están delegando ahora en los SC y los ancianos. Lavabo inter innocentes manus meas, es la nueva postura de la Organización al querer involucrarse cada vez menos en la administración de las congregaciones.  El que tampoco los ancianos tengan que firmar la notificación, manifiesta también cómo se busca la exoneración de resposabilidad, en caso de que las autoridades investiguen algún crimen relacionado con la expulsión.

Respecto al procedimiento, ya no se envían sobres por correo, sino por jw.org. Si hay readmisión, no se devuelve la copia de la congregación a la sucursal, sino que se le notifica por un mensaje. Y si la persona muere expulsada, también se notifica a la sucursal sin usar el formulario oficial. Nuevamente, estamos en presencia de lo mismo: la sucursal no toma conocimiento oficial de las readmisiones o de los expulsados fallecidos. 

Todo esto debería hacer reflexionar a los ancianos. En caso de algún problema con la Justicia seglar, ¿a quién exoneran estos cambios? ¿quiénes asumen la responsabilidad?


martes, 16 de abril de 2013

Carta 28/3/13: Nuevo ajuste respecto a los Desasociados

Asociación de Testigos Cristianos de Jehová Brasil

A TODOS LOS CUERPOS DE ANCIANOS

Queridos Hermanos:

Como dice el apóstol Pablo, ustedes merecen 'extraordinaria consideración en amor por trabajar arduamente' en favor de los hermanos. Por ser "dádivas" de parte de Jehová, esos son los sentimientos de los publicadores para con ustedes (Efesios 4:8; 1 Tesalonicenses 5:12, 13).

Sigan confiando en la operación del espíritu santo de Jehová en sus labores en favor de las ovejas (Juan 21:15-17). Al llevar la delantera en las actividades de la congregación su principal función es pastorear el rebaño (Hechos 20:28). Un superintendente de grupo debe 'visitar periódicamente a todo su grupo para dar ánimo y consejo' (ks10 2:22, 23). Naturalmente, se espera que todo el cuerpo de ancianos se envuelva en hacer visitas de pastoreo, y puedan contar también con la ayuda de siervos ministeriales capacitados. Antes de hacer una visita de pastoreo, es sabio repasar las recomendaciones  del manual Pastoreen (ks10 4:6; w93 15/9 21-23). Esas visitas animadoras son como medicina preventiva, además proveen ayuda animadora para los irregulares o inactivos (1 Tesalonicences 5:14).

Es amoroso dar atención a las ovejas que todavía son lactantes, o sea, los recién bautizados (Isaías 40:11). El coordinador del cuerpo de ancianos debe designar dos ancianos para que se reúnan con cada hermano que cumpla un año de bautizado (ks10 2:12, 18) Uno de los ancianos debe ser el superintendente de grupo al que ese hermano pertenece. Esta reunión animadora con bondadosos consejos prácticos estimulará a los nuevos a continuar sirviendo a Jehová con ánimo. 

El manual Pastoreen (10:1) aconseja a los ancianos a programar una visita anual a los desasociados que viven en su territorio. En las reuniones trimestrales definan los ancianos que harán esta breve visita. El objetivo es 'explicar bondadosamente lo que la persona puede hacer para volver a Jehová' (Isaías 55:6,7). 

IMPORTANTE: Hagan un ajuste en la página 119 del manual Pastoreen (11:3) y en Organizados página 156, primer párrafo. Debe decir: "Un comité judicial debe verificar que haya pasado tiempo suficiente, quizá muchos meses, un año o incluso más, para que un desasociado pruebe que su arrepentimiento es genuino". Varios meses pueden ser interpretados como pocos meses. Pero deben pasar muchos meses para que un transgresor pruebe que está genuinamente arrepentido y evidencie "obras propias del arrepentimiento" (Hechos 26:20). Por otro lado, den pronta atención a cualquier solicitud de readmisión. Si un comité judicial considera que no han pasado muchos meses, se deben reunir lo más pronto posible con el solicitante para explicarle bondadosamente los motivos para no aceptar su solicitud en el momento. Sus consejos apropiados le ayudarán a volver a Jehová en el futuro, después de muchos meses (Lucas 15:7,10). 

El trabajo de un pastor es un reto. Dijo el pastor Jacob: "Ha sido mi experiencia que de día el calor me consumía, y de noche el frío, y el sueño huía de mis ojos" (Génesis 31:40; Proverbios 27:23). Sin embargo, su trabajo arduo es revigorizante, pues la alegría de las ovejas los satisface, y por encima de todo, honra a Jehová, el 'pastor y superintendente de nuestras almas' (1 Pedro 2:25).

Estén seguros de nuestras constantes oraciones para que continúen siendo una bendición de Jehová a los que están bajo sus cuidados amorosos. Acepten nuestro caluroso amor cristiano.

Sus hermanos, 

CC: Superintendentes Viajantes.


Esta carta aún no la he cotejado con mis fuentes en inglés. Tampoco cuento con el PDF en portugués. Aunque no dudo de su autenticidad, me da la impresión de que es una carta local de la Sucursal de Brasil: Es demasiado "bíblica" como para emanar de Brooklyn... aunque contiene los típicos ingredientes distractores para que no se note demasiado el verdadero propósito de la carta. Pareciera ser que lo que más les preocupa es el pastoreo... pero ninguna de las instrucciones que entregan al respecto es nueva. La única novedad (escondida detrás de un tono muy bondadoso) es que se elevan las exigencias para que un "desasociado" vuelva a la congregación. 

El ajuste (aunque en realidad es una glosa explicativa) en el ks es de esta parte:

La parte ajustada del libro Organizados (lamentablemente lo tengo sólo en inglés en pdf) es esta:

Por tanto, más que un "ajuste", veo sólo una glosa interpretativa de los libros en cuestión, lo que pudo hacerse con el permiso de la WT de USA. 

Por otro lado, es significativo que las partes "ajustadas" se refieran a la expulsión en general, pero el cambio de esta carta trata específicamente con la desasociación. Quizá algunos cuerpos de ancianos en Brasil fueron muy impetuosos al readmitir a desasociados y la sucursal ha tomado cartas en el asunto... De todas formas, esto abre una puerta para "volver" a personas que escribieron su carta de desasociación demasiado apresuradamente y hoy piensan "volver" por su familia. El estigma de la desasociación (que generalmente se vincula con la apostasía) como "peor que una expulsión" cede ante un claro equiparamiento de ambas condiciones. Sin duda esto constituye un golpe a los más "puristas" que no concedían la oportunidad de volver a los desasociados... al grado de que la carta manda "reunirse" con el desasociado prontamente (que ahora gracias a esta misiva tiene derecho consignado por escrito a solicitar su readmisión) para darle "bondadosamente" las razones para que espere. Esto dista mucho del desdén y la procastinación típica de los cuerpos de ancianos ante tales solicitudes... siendo muchas veces más fácil reunirse y pedir favores a autoridades políticas que a estos pastores... 

¿Endurece esta carta las condiciones para "volver", u otorga a los desasociados "derechos" (presentar readmisión, saber prontamente las razones para esperar su readmisión) que antes no tenían? Pareciera que ha sido redactada de tal modo de quedar bien tanto con ancianos de "la vieja guardia" como con los más "aperturistas"...